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Recuerda que

PENSION

Prestación de Jubilación

Como puedes solicitar tu prestación de jubilación.

COFFIN

Prestación por fallecimiento

Beneficiarios de la prestación por el fallecimiento.

LIFE INSURANCE

Prestación por invalidez

Reclamar la prestación por invalidez.

CHILD

Prestación por orfandad

Beneficiarios de la prestación de orfandad.

HEALTH INSURANCE

Incapacidad Temporal

Sólo para profesionales médicos.

¿Cuándo puedo acceder a la prestación de jubilación?

Los asociados tendrán derecho a la prestación de jubilación cuando accedan efectivamente a la jubilación en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o similares.

¿Cómo puedo cobrar la prestación de jubilación?

La prestación por jubilación se podrá percibir en forma de capital o de renta.

  • En forma de capital: percibiendo en un único pago el importe de los derechos económicos de los que éste fuera titular al día de la solicitud del pago de la prestación.
  • Renta vitalicia: percibiendo pensión mensual vitalicia, lo que permite continuar beneficiándote de los rendimientos del Montepío.

¿Cuándo puedo cobrar la prestación?

Una vez que te hayas jubilado por la Seguridad Social, puedes comenzar a cobrar la prestación cuando tú lo desees. Eso sí, es totalmente imprescindible que tu solicitud ya haya sido tramitada.

¿Cuál es la tributación de la prestación por jubilación del Montepío? ¿Debo presentar algún documento a Hacienda?

Te recomendamos que consultes nuestra sección “Aspectos Fiscales”.

¿Cómo solicito la prestación por jubilación del Montepío?

Para ellos debes rellenar la “Solicitud de Prestación”, adjuntando toda la documentación que se indica en la misma.

Una vez que ya tengas todo preparado, envía la documentación por correo ordinario o correo electrónico (prestaciones@montepioigualatorio.com); o también puedes hacerlo en persona en la oficina del Montepío.

Si tuvieras cualquier duda a la hora de hacer la solicitud, contacta con nosotros y te ayudaremos.

¿Cómo se determina quiénes son los beneficiarios de esta prestación?

Los beneficiarios son los establecidos por el socio a través del documento “Designación de Beneficiarios”.

Desde el Montepío recomendamos a todos nuestros socios que tengan rellenado dicho documento dado que facilita y agiliza el pago de la prestación.

¿Y si no existe documento de beneficiarios?

En ausencia de documento, se seguirá el siguiente orden de prelación:

  • Cónyuge o pareja de hecho registrada.
  • Hijos/as.
  • Hermanos/as.
  • Herederos legales.

¿Cuál es el plazo para solicitar la prestación?

Los beneficiarios de la prestación por el fallecimiento del asociado del Montepío pueden solicitar la prestación cuando lo deseen. Eso sí, sólo se inicia el cobro una vez haya sido tramitada la solicitud de la prestación. Mientras tanto seguiremos gestionando los ahorros.

¿Cómo se cobra la prestación de fallecimiento?

La indemnización por fallecimiento se devenga, en un único pago, por el importe del “Módulo indemnizatorio” en función del importe fijado anualmente por la Asamblea Anual Ordinaria tanto para fallecimiento por muerte natural como por accidente.

En el caso de que en el momento del fallecimiento el asociado estuviera percibiendo la prestación de jubilación en su modalidad de renta vitalicia, el importe será la cantidad que resulte de deducir del “módulo indemnizatorio” las cantidades percibidas por dicho concepto, con un mínimo fijado anualmente por la Junta de Gobierno.

¿Cuál es la tributación de la prestación por jubilación del Montepío? ¿Debo presentar algún documento a Hacienda?

Te recomendamos que consultes nuestra sección “Aspectos Fiscales”.

¿Cómo solicito la prestación por fallecimiento del Montepío?

Para ellos debes rellenar la “Solicitud de Prestación”, adjuntando toda la documentación que se indica en la misma.

Una vez que ya tengas todo preparado, envía la documentación por correo ordinario o correo electrónico (prestaciones@montepioigualatorio.com); o también puedes hacerlo en persona en la oficina del Montepío.

Si tuvieras cualquier duda a la hora de hacer la solicitud, contacta con nosotros y te ayudaremos.

¿Qué se considera invalidez para el acceso a esta prestación?

A la incapacidad permanente por cualquier causa en el grado de absoluta o gran invalidez, declarada y reconocida por los organismos competentes de la Seguridad Social (o los de las correspondientes entidades sustitutorias) que le inhabilite con carácter irreversible para el ejercicio de cualquier actividad profesional o laboral.

¿Cuál es el plazo para solicitar la prestación de invalidez?

Una vez sea declarada la incapacidad por parte de la Seguridad Social o sentencia firme, puedes solicitar la prestación cuando lo desees. Solo se empieza a cobrar una vez haya sido tramitada la solicitud de la prestación. Mientras tanto podrás seguir beneficiándote de las ventajas de nuestra gestión y tus ahorros continuarán creciendo.

¿Cómo se cobra la prestación de invalidez?

La prestación de invalidez da derecho a una pensión mensual desde que se reconozca la invalidez y hasta cumplir la edad de jubilación ordinaria. El importe de esta pensión está determinado por la Asamblea cada año.

¿Cuál es la tributación de la prestación de invalidez del Montepío? ¿Debo presentar algún documento a Hacienda?

Te recomendamos que consultes nuestra sección “Aspectos Fiscales”.

¿Cómo solicito la prestación por invalidez del Montepío?

Para ellos debes rellenar la “Solicitud de Prestación”, adjuntando toda la documentación que se indica en la misma.

Una vez que ya tengas todo preparado, envía la documentación por correo ordinario o correo electrónico (prestaciones@montepioigualatorio.com); o también puedes hacerlo en persona en la oficina del Montepío.

Si tuvieras cualquier duda a la hora de hacer la solicitud, contacta con nosotros y te ayudaremos.

¿Quiénes son los beneficiarios de esta prestación?

Los beneficiarios de esta prestación son los hijos de la persona asociada que queden huérfanos y sean menores de 23 años. Asimismo, se reconoce también como beneficiaros a aquellos hijos que al tiempo de la orfandad se encontraban en situación de discapacidad física o intelectual, quienes recibirán dicha prestación de forma vitalicia.

¿Cuál es el plazo para solicitar la prestación de orfandad?

Los beneficiarios de la prestación de orfandad por el fallecimiento del asociado del Montepío pueden solicitar la prestación cuando lo deseen. Eso sí, sólo se inicia el cobro una vez haya sido tramitada la solicitud de la prestación. Mientras tanto seguiremos gestionando los ahorros.

¿Cómo se cobra la prestación de orfandad?

La prestación de orfandad da derecho a una pensión mensual hasta que el beneficiario cumpla los 23 años. En el caso de que el beneficiario se encontrara en el momento de la orfandad en situación de discapacidad física o intelectual, esta prestación tendrá el carácter vitalicio.

El importe de esta pensión está determinado por la Asamblea cada anualidad.

¿Cuál es la tributación de la prestación de invalidez del Montepío? ¿Debo presentar algún documento a Hacienda?

Te recomendamos que consultes nuestra sección “Aspectos Fiscales”.

¿Cómo solicito la prestación por invalidez del Montepío?

Para ellos debes rellenar la “Solicitud de Prestación”, adjuntando toda la documentación que se indica en la misma.

Una vez que ya tengas todo preparado, envía la documentación por correo ordinario o correo electrónico (prestaciones@montepioigualatorio.com); o también puedes hacerlo en persona en la oficina del Montepío.

Si tuvieras cualquier duda a la hora de hacer la solicitud, contacta con nosotros y te ayudaremos.

¿Quién puede ser beneficiario de esta prestación?

Los profesionales médicos que estén incapacitados temporalmente debido a todo estado patológico que, como consecuencia de enfermedad o accidente, les impida la actividad profesional por más de quince días.

Además, para causar el derecho a las prestaciones, la persona asociada deberá estar en alta y al corriente del pago de las cuotas.

¿Cuál es el plazo para solicitar la prestación de incapacidad temporal?

Los beneficiarios de la prestación de incapacidad temporal pueden solicitar la prestación cuando lo deseen. Eso sí, sólo se inicia el cobro una vez haya sido tramitada la solicitud de la prestación. Mientras tanto seguiremos gestionando los ahorros.

¿Cómo se cobra la prestación de incapacidad temporal?

La incapacidad temporal otorga el derecho a percibir una prestación diaria hasta un límite de 12 meses. El importe de esta prestación está determinado por la Asamblea.

¿Cuál es la tributación de la prestación de invalidez del Montepío? ¿Debo presentar algún documento a Hacienda?

Te recomendamos que consultes nuestra sección “Aspectos Fiscales”.

¿Cómo solicito la prestación por invalidez del Montepío?

Para ellos debes rellenar la “Solicitud de Prestación”, adjuntando toda la documentación que se indica en la misma.

Una vez que ya tengas todo preparado, envía la documentación por correo ordinario o correo electrónico (prestaciones@montepioigualatorio.com); o también puedes hacerlo en persona en la oficina del Montepío.

Si tuvieras cualquier duda a la hora de hacer la solicitud, contacta con nosotros y te ayudaremos.

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Teléfono: 94 634 51 57

Email: contacto@montepioigualatorio.com